CONVOCATORIA SUBVENCIÓN PARA FIESTAS EN BARRIOS Y PARROQUIAS DE AVILÉS

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la “Convocatoria de Subvenciones a entidades organizadoras de las fiestas de los barrios y parroquias de Avilés correspondientes al ejercicio 2019“. (BOPA 146 de 30 de julio)

El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOPA, por lo tanto la presentación de solicitudes, será hasta el 30 de AGOSTO de 2019 (inclusive).

La FINALIDAD de esta convocatoria es el apoyo a las celebraciones tradicionales, fiestas patronales y/o mayores, organizadas por diversas entidades del tejido asociativo avilesino en los diferentes barrios y parroquias que conforman el municipio.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá exceder el 75% del presupuesto del proyecto presentado, estableciéndose un máximo de 1.500 euros por entidad subvencionada. Las entidades solicitantes solo podrán presentar un único proyecto objeto de esta subvención

La tramitación de las SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN, se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés:

https://sedeelectronica.aviles.es/Procedimientos.aspx?q=solicitud+general

Indicando el expediente AYT/1634/2019

Y adjuntando la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las asociaciones vecinales o demás entidades sin ánimo de lucro que, además de reunir los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Municipal establecida al efecto, cumplan los siguientes requisitos:

  • Que desarrollen su actividad en el territorio municipal de Avilés.
  • Encontrarse debidamente inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Avilés.
  • Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Avilés.
  •  Disponer de estructura y capacidad suficientes para garantizar la ejecución de los proyectos y/o actividades propuestos.
  • Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la base correspondiente de esta convocatoria.
  • Tener la perceptiva autorización municipal para celebrar la fiesta objeto de subvención.

 

0 Comentarios

Contesta

SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - AYUNTAMIENTO DE AVILÉS

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad
o

Inicia Sesión con tu Usuario y Contraseña

¿Olvidó sus datos?

Ir al contenido