CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES 2024

Solicitudes hasta el 26 marzo de 2024

 

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos relativos a actividades culturales y creativas que estén incluidos en alguna de las siguientes modalidades:

  • Línea 1:

Creaciones en el campo de las artes plásticas, artes interdisciplinares y multimedia: teatro, música, danza, fotografía, literatura, audiovisual, pintura, restauración patrimonial.

Actividades de carácter cultural y creativo acordes a los fines de la entidad solicitante y que fomenten una actividad pública o de interés social o que promocionen una finalidad pública.

La cuantía máxima a conceder no podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado y el IMPORTE MÁXIMO DE SUBVENCIÓN: 5.000 euros.

  • Línea 2:

               + Cultura y música tradicional asturianas.

               + Certámenes Corales y clásicos

La cuantía máxima a conceder no podrá superar el 100% del presupuesto del proyecto presentado y el IMPORTE MÁXIMO DE SUBVENCIÓN: 15.000 euros.

  • Línea 3:

Actividades conmemorativas del Centenario del Hermanamiento con la ciudad de San Augustine de la Florida (EEUU)

Importe máximo: 2.000 euros

  • Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de subvención las entidades y colectivos que así lo deseen, que reúnan en la fecha de terminación del plazo de solicitudes los requisitos establecidos en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, y además cumplan los requisitos que siguen:

  • Carecer de ánimo de lucro.    
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades de Avilés, y actualizados sus registros.  
  • Desarrollar su actividad y el proyecto cultural objeto de subvención en el Muncipio de Avilés.     
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales (con las Administraciones del Estado, Autonómica y Local) y frente a la Seguridad Social.
  • No ser deudora del Ayuntamiento de Avilés y/o de sus órganos autónomos por cualquier tipo de deuda de derecho público.
  • Disponer de estructura y capacidad suficientes para garantizar la ejecución de los proyectos y/o actividades propuestos.
  • Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Avilés.
  • Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la cláusula correspondiente de esta convocatoria.

No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes cláusulas aquellas en las que concurran circunstancias de las previstas en el apartado segundo y tercero del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 6 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.

Cada solicitante podrá presentar un solo proyecto, por línea de subvención, inédito

Publicado en BOPA 6 de marzo de 2024:

https://sede.asturias.es/bopa/2024/03/06/2024-01929.pdf

Para más información y tramitar la subvención, consulta el siguiente enlace de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés.

https://sedeelectronica.aviles.es/PublicacionTabs.aspx?tab=12&id=19137&t=S&x=q6o/+Sr1FuJFfTYHRzpYwA

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SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - AYUNTAMIENTO DE AVILÉS

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