Subvenciones a entidades organizadoras de las fiestas de los barrios y parroquias de Avilés 2022

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la “Convocatoria de Subvenciones a entidades organizadoras de las fiestas de los barrios y parroquias de Avilés correspondientes al ejercicio 2022″ (BOPA número 94 de 18 de mayo)

El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOPA, por lo tanto la presentación de solicitudes, será hasta el 19 de junio de 2022 .

El OBJETO de esta  subvención serán aquellos proyectos referidos a actividades festivas tales como celebraciones tradicionales, en las que tenga especial importancia la salvaguarda de elementos culturales e identitarios del municipio avilesino. También las fiestas patronales de las parroquias municipales, como entidades de desarrollo vecinal que son, y las fiestas mayores (tales como fiestas de convivencia, de barrio, etc.)

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá exceder el 75% del presupuesto del proyecto presentado, estableciéndose un máximo de 2.500 euros por entidad subvencionada.

La tramitación de las SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN, se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés:

https://sedeelectronica.aviles.es/Procedimientos.aspx?q=solicitud+general

Indicando el expediente AYT/1926/2022

Y adjuntando la siguiente DOCUMENTACIÓN:

·         ANEXO I: Solicitud de subvención

·         ANEXO II: Memoria General de la Entidad

·         ANEXO III: Memoria explicativa del proyecto para el que se solicita subvención

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta ayuda, las asociaciones vecinales, o demás entidades sin ánimo de lucro, que como tales ostentarán la correspondiente personalidad jurídica propia, la cual, reuniendo los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Municipal establecida al efecto, desarrollen su actividad en el territorio municipal de Avilés, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas.

Requisitos:

·         Que desarrollen su actividad en el territorio municipal de Avilés.

·         Encontrarse debidamente inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Avilés.

·         Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Avilés.

·          Disponer de estructura y capacidad suficientes para garantizar la ejecución de los proyectos y/o actividades propuestos.

·         Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la base correspondiente de esta convocatoria.

·         Tener la perceptiva autorización municipal para celebrar la fiesta objeto de subvención.

·         Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales (con las Administraciones del Estado, Autonómica y Local) y frente a la Seguridad Social.

 

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SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - AYUNTAMIENTO DE AVILÉS

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